Image

PROCEDIMIENTO DE CONSULTAS, QUEJAS, DENUNCIAS & RECLAMACIONES

La atención en todos los canales será de carácter gratuito para el usuario y para cada gestión, nuestra empresa deberá brindarle al usuario final, un número de referencia de su reclamación, queja, consulta o denuncia (tiquete de atención). La presentación de las reclamaciones no requiere la elaboración de un documento formal ni intervención de abogado, y pueden ser presentados por cualquier medio de gestión. Las reclamaciones deberán presentarse por parte de los abonados o de los usuarios finales o cualquier interesado. Nuestra empresa debe atender, resolver y brindar respuesta razonada sobre la reclamación interpuesta, en un plazo máximo de diez (10) días naturales a partir de su presentación. La acción para reclamar caduca en un plazo de dos (2) meses, contados desde el acaecimiento de la falta o desde que esta se conoció, salvo para los hechos continuados, en cuyo caso, comienza a correr a partir del último hecho.

CONSULTAS:

 

A efectos de atender cualquier consulta, respecto a los servicios contratados, o bien información referente a venta y promoción de los servicios, los clientes, suscriptores o terceros interesados deben acceder a cualquier de los siguientes medios:

 

 

  • Teléfonos: 800-4200 SCSC / 4200 – 5566

 

  • De manera presencial en cualquiera de nuestras sucursales, específicamente al departamento de Servicio al Cliente.

 

En caso de que la consulta sea vía correo electrónico, la empresa debe responder en un termino no mayor a 48 horas luego de realizada la consulta, abriendo un tiquete de servicio el cual también será informado.

 

Todas las consultas son procesadas por nuestro departamento de servicio al cliente, encargados de redireccionar las consultas o solicitudes a los diferente departamentos, los cuales son: Cobros, Financiero, Ventas y especialmente al NOC cuando son consultas técnicas o averías. A partir de ahí cada departamento es responsable del seguimiento y cierre del tiquete de servicio.

 

En caso de que las consultas o solicitudes sean vía presencial en cualquiera de las sucursales o de manera telefónica, igual se le asignara un tiquete de servicio para el seguimiento correspondiente, y se le debe informar al interesado el tiempo de resolución de sus consultas o solicitudes.

 

QUEJAS / DENUNCIAS / RECLAMACIONES:

 

Para la atención de quejas los medios de atención son:

 

 

  • Teléfonos: 800-4200 SCSC / 4200 – 5566

 

  • De manera presencial en cualquiera de nuestras sucursales en específicamente al departamento de Servicio al Cliente.

 

Toda queja o disconformidad  será atendida directamente por el departamento de servicio a cliente, con la asignación de un tiquete de servicio el cual será entregado al cliente o suscriptor.  La resolución de la queja será notificada formalmente por el agente de servicio al cliente que tome el requerimiento o denuncia, cumpliendo los parámetros de calidad establecidos en este mismo apartado (ver parámetros de calidad). Toda queja se debe documentar en un expediente electrónico confidencial como parte del dossier del cliente, que al efecto lleva la empresa, y se debe brindar seguimiento y resolución de cada caso.

 

Específicamente si el reclamo, denuncia o consulta tiene que ver con termas de facturación de nuestros servicios, nuestros clientes también pueden acceder directamente a nuestro Call Center de Cobros, a los siguientes medios:

 

 

  • Teléfonos: 800-4200 SCSC / 4200 – 5518 / 4200 – 5519

 

  • De manera presencial en cualquiera de nuestras sucursales en específicamente al departamento de Servicio al Cliente.

 

Parámetros de calidad

En cumplimiento a las normas regulatorias los niveles de calidad de los servicios serán, de conformidad con el Reglamento de Prestación y Calidad de los Servicios, los siguientes:
Image

Televisión por suscripción

Será medida como la razón porcentual entre la cantidad de horas de disponibilidad mensual del servicio asociada a la red de núcleo, con respecto a la cantidad de horas del mes correspondiente, de acuerdo con la siguiente formula:
Image
El operador tiene el deber de prestar el servicio de telecomunicaciones contratado con eficiencia y de forma continua y aplicar las compensaciones y reembolsos en caso de degradación o interrupción del servicio con excepción de los casos que se consideren eximentes de responsabilidad según la normativa vigente. Para efectos de la compensación por interrupciones, el operador/proveedor contabilizará el tiempo de interrupción del servicio desde el instante en el que se produce la interrupción hasta el instante en el que el servicio se restablece por completo y regresa a su condición normal de funcionamiento. El cálculo de la compensación se efectuará de la siguiente manera, según lo establecido en el Reglamento de Prestación y Calidad de Servicios:
Image
Para efectos de la contabilización en la fórmula anterior, se considera que una degradación en un servicio de telecomunicaciones constituye una interrupción, cuando al menos uno de los indicadores particulares definidos en el RPCS para el servicio en cuestión, tenga un cumplimiento igual o inferior a un 40%. Dicha información debe estar debidamente publicada en el sitio WEB del operador/proveedor.

Una compañía de telecomunicaciones que ofrece múltiples servicios de red óptica y fibra dedicada.

 

© 2017 - By CWS Soluciones Web